Creación de servicios digitales
Uso de dominios y subdominios en el Estado
Las solicitudes de nuevos nombres de dominio solo serán aprobadas para almacenar (alojar) los servicios digitales o generar correos electrónicos de titularidad de las entidades públicas de los tres niveles de gobierno (nacional, regional, local). Del mismo modo, las entidades que ya cuenten con un dominio aprobado o validado a la fecha, solo podrán mantenerlo para los fines anteriormente descritos, de conformidad con las disposiciones y plazos que establezca la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital en materia de uso de nombres de dominio en la Administración Pública.
Páginas institucionales del Estado
Las solicitudes de dominio no serán aprobadas para el desarrollo de páginas web de instituciones públicas. Para contar con una página institucional, las entidades públicas deberán adoptar de forma obligatoria la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (GOB.PE) como único punto de contacto digital con la ciudadanía para la publicación de su contenido informativo y de orientación, incorporándose a ella, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 033-2018-PCM y Decreto Supremo N° 029-2021-PCM. Para dicho fin, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital les asignará un espacio en la referida plataforma de manera gratuita y permanente (ejemplo: https://www.gob.pe/entidad), a la cual podrán acceder en base a los requisitos y procedimientos establecidos.
Uso de subdominios para servicios digitales
Para la vinculación y acceso a servicios digitales prestados por las entidades públicas, se debe hacer uso de un subdominio dentro del dominio validado por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital. El subdominio debe estar enlazado a una página informativa que contenga el detalle de los requisitos, condiciones, pasos, entre otros, para el acceso al servicio digital brindado. Dicha página informativa se encontrará publicada en el espacio asignado a la entidad en la Plataforma GOB.PE.