Guía de categorización
Pautas para gestionar tus categorías
Cada vez que necesites editar la descripción de una categoría, hacer un reordenamiento de esta sección, crear nuevas categorías o vincular nuevo contenido, debes solicitarlo al correo mesadeayuda@gobiernodigital.gob.pe hasta que tengas el permiso de administración de categorías habilitado.
En el correo, indica el asunto "Vinculación de contenido a categoría - [nombre de tu entidad]" y los enlaces o ID de los contenidos a vincular en cada categoría. Recuerda que estos contenidos pueden ser los siguientes: páginas de orientación, trámites o servicios, normas, publicaciones, noticias, campañas y compendios.
Además, ten en cuenta que:
Una categoría solo será visible si antes has vinculado, como mínimo, 1 página (de orientación, trámite o servicio) a dicha categoría. Es decir, si en una categoría vinculaste 20 normas, 1 campaña y 3 noticias, no será visible hasta que también vincules 1 página de orientación, por ejemplo.
Solo las páginas padres se pueden categorizar. Las páginas hijas no, porque puedes ingresar a ellas desde su página padre. Salvo una excepción: si son páginas hijas transversales, sí se pueden categorizar, ya que la página transversal padre no aparece en el home de la entidad.
Es responsabilidad de tu entidad mantener esta información actualizada, por lo que deberás asignar categorías a todos los contenidos que subas para que aparezcan en esta sección de manera ordenada y los usuarios puedan llegar a ellos.